La ministra en visita extraordinaria de la Corte Marcial Romy Rutherford Parentti dictó sentencia en contra de cuatro funcionarios del Ejército, en calidad de autores de los delitos reiterados de fraude al Fisco y falsedad en materia de administración militar, en la denominada arista Tecnodata II.
La ministra en visita condenó al general (r) del Ejército Jozo Santic Palomino a las penas efectivas de 3 años y un día y 10 años y un día de presidio, como autor de los delitos reiterados de fraude al Fisco y falsedad en materia de administración militar, respectivamente, ilícitos perpetrados entre enero y diciembre de 2013; además del pago de una multa ascendente a $4.086.007, equivalente al 10% del perjuicio causado.
En la causa, además, la ministra Rutherford condenó a:
-Clovis Montero Barra, coronel (r) del Ejército, a 541 días y 5 años y un día de presidio efectivo, como autor de los delitos reiterados de fraude al fisco y falsedad en materia de administración militar. Ilícitos perpetrados entre enero y diciembre de 2013, en la ciudad de Santiago; más el pago de una multa ascendente a $4.086.007, equivalente al 10% del perjuicio causado al Fisco;
-Claudia Morales Pinilla, exsubtesorera del Estado Mayor General del Ejército, a las penas efectivas de 541 días y 5 años y un día de presidio, como autora de los delitos reiterados de fraude al Fisco y falsedad en materia de administración militar, respectivamente. Ilícitos perpetrados entre abril y diciembre de 2013, en la ciudad de Santiago; más el pago de una multa ascendente a $2.637.010, equivalente al 10% del perjuicio causado, y
-Yanira Valdebenito Arce, excabo primero del Ejército, deberá purgar 541 días y 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autora de los delitos reiterados de fraude al fisco y falsedad en materia de administración militar, respectivamente. Ilícitos perpetrados entre enero y diciembre de 2013 en la ciudad de Santiago; y el pago de una multa ascendente a $4.086.007, equivalente al 10% del perjuicio causado.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 575-2014
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