Noticias

En fallo unánime.

CS condena a conductor a pagar indemnización por accidente provocado en estado de ebriedad en Puerto Montt.

El máximo Tribunal acogió un recurso de casación en contra de la sentencia que había establecido pago por daño moral y daño emergente.

22 de octubre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a un conductor a pagar una indemnización de $ 2.000.000, por las lesiones provocadas en un accidente en estado ebriedad, el 1 de mayo de 2016, en la ciudad de Puerto Montt.
La sentencia sostiene que, atendido lo referido, se observa una clara contradicción entre el fundamento décimo séptimo del fallo de primer grado y lo decidido en la sentencia de segunda instancia, en relación con lo pretendido por daño emergente, pues mientras se sostiene, por una parte, que el demandante no rindió prueba pertinente tendiente a acreditar el monto cobrado, por la otra, se acoge la demanda por tal concepto sin efectuar ningún razonamiento en orden a fundar tal decisión; sin perjuicio de que, además, lo señalado provoca que en el fallo objetado confluyan simultáneas afirmaciones de procedencia e improcedencia de la pretensión deducida por el actor.
Por otra parte, y en relación con el daño moral, la decisión de la magistratura de segunda instancia también carece de fundamentos para resolver de la forma referida, teniendo en consideración que eliminó el considerando que contenía aquel para estimar que, en este caso, concurrían los requisitos legales para decidir de esa manera, sin agregar otros que explicaran lo resuelto.
Agrega que de acuerdo a lo antedicho, puede concluirse que la sentencia recurrida no cumple con el requisito del cuarto numeral del citado artículo 170, incurriendo con ello en la quinta causal de casación dispuesta en el artículo 768, esto es, la sentencia, por una parte, contiene consideraciones basales que se anulan entre sí en razón de  su contradicción, de modo que sus decisiones han quedado desprovistas de sustento, y, por la otra, carece de toda fundamentación para resolver, y al influir el error sustancialmente en su parte dispositiva, debe necesariamente ser acogido el recurso de casación en la forma interpuesto por el demandado y ser invalidado el fallo impugnado.
Luego, la Corte Suprema dictó una sentencia de reemplazo que confirmó la sentencia:  Que los argumentos expuestos en los recursos de apelación del demandante y demandado no logran desvirtuar la decisión atacada, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de once de septiembre dos mil diecisiete.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 4.123-2018

 

RELACIONADOS
*Impugnan nuevamente ante el TC norma de la Ley Emilia que incidiría en causa por manejo en estado de ebriedad
*Nuevamente impugnan ante el TC norma de la Ley Emilia que incidiría en causa por manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte….

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad