El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en autos de reclamo de ilegalidad municipal seguidos por la requirente en contra de la Municipalidad de Recoleta, actualmente ante la Corte Suprema por recursos de casación en la forma y en el fondo.
La requirente, Concesiones Recoleta S.A., estima vulnerado el derecho al debido proceso, puntualmente los derechos a una sentencia fundada y al recurso, como asimismo la garantía a la igualdad ante la ley, desde que existiría trato discriminatorio hacía sí al no permitírsele tutelar el derecho a obtener una sentencia fundada tratándose de juicios especiales, y, así, se ve vulnerada asimismo la prohibición de discriminación arbitraria.
La decisión de suspender el procedimiento fue adoptada con el voto en contra del Ministro Hernández Emparanza y de la Ministra Silva, quienes estuvieron por no acceder a la solicitud.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes por el término de diez días.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 6843-19.
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