En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad presentado por NIC Chile, entidad encargada de administrar el registro de nombres de dominio .CL y dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia Nº C4730-2018 de 28 de diciembre de 2018.
Al efecto, cabe recordar que la decisión reclamada fue dictada por el Consejo en un procedimiento de amparo presentado por un particular, quien solicitó la entrega del listado completo de nombres de dominio inscritos bajo .CL. Dicha solicitud fue denegada por NIC Chile, y la decisión del Consejo ordenó entregar el mencionado listado.
En su sentencia, la Corte de Santiago consideró que la entrega masiva de nombres de dominio a un particular podía generar riesgos de ciberseguridad de diversa índole, tanto en el acceso a información que podía realizarse a partir de dichos nombres de dominio, como a la posibilidad de que, al contar con dicha lista, pudiera facilitarse ataques a servidores, phishing, spam u otros.
De igual forma, el fallo razonó que la entrega de los datos afecta derechos de carácter comercial y económico de los titulares de los dominios .CL, respecto de los cuales considera que concurre una causal legal de reserva que justifica la negativa de NIC Chile a entregar el listado de todos los nombres inscritos.
Conozca mayores antecedentes de la decisión del Consejo para la Transparencia Nº C4730-2018.
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