En condiciones de cumplir su trámite de promulgación como Ley de la República, quedó el proyecto que sancionará con multas que irán entre las 10 UTM y las 100 UTM, es decir, entre $480.000 y los $4.800.000 aproximadamente, a quienes no permitan o obstruyan el libre acceso a playas de mar, ríos o lagos.
La iniciativa fue respaldada por 31 votos a favor y 2 abstenciones, en general y particular sin modificaciones, no obstante, en la ocasión el Ejecutivo se comprometió a acoger las inquietudes de varios senadores en el sentido que se debe abordar en otra iniciativa legal las medidas concretas que signifiquen un disuasivo real a quienes infrinjan la normativa.
Al efecto, cabe recordar que, en la oportunidad, algunos senadores de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales impulsaron indicaciones que obligaban a propietarios de los predios colindantes a reabrir los pasos hacia las playas de mar, ríos o lagos, así como velar por el cumplimiento de la norma más allá de la multa.
El proyecto de ley, tiene por objeto garantizar el libre acceso de las personas a las playas de mar o de aguas interiores, sancionando a quienes impidan o dificulten el paso hacia las mismas.
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