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Primera sala.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que establecen procedencia y requisitos de la prisión preventiva.

La gestión pendiente incide en autos penales, sobre los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y obstrucción a la investigación, de que conoce el Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

3 de enero de 2019

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 139 y 140 del Código Procesal Penal.

Los preceptos impugnados establecen, en síntesis, la procedencia y los requisitos de la prisión preventiva.

La gestión pendiente incide en autos penales, sobre los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y obstrucción a la investigación, de que conoce el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, en que el requirente es imputado.

En su resolución, el TC indicó que la acción constitucional deducida no puede prosperar al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6 del artículo 84 de la  

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 5624-18.

 

 

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