El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 38 de la Ley Nº 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local y el artículo 50 B) de la Ley N° 19.496, que establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
La gestión pendiente incide en autos sobre querella infraccional y demanda civil, seguidos ante el Quinto Juzgado de Policía Local de Santiago, en actual conocimiento de la Corte Suprema por recurso de casación en el fondo, en los que la requirente denunció a Scotiabank Chile por infringir el derecho a acceder a una información veraz y oportuna sobre el crédito para la educación que se le otorgó.
La requirente estima que los preceptos impugnados infringen la igualdad ante la ley y el debido proceso, ya que se la priva de la posibilidad de impugnar una sentencia pronunciada con infracción de ley.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes por el término de diez días.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 5557-18.
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