En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió agrupar los recursos de protección deducidos por episodios de contaminación de Quintero y Puchuncaví en una sola causa, correspondiente a la primera que fue ingresada al Tribunal de alzada porteño.
La sentencia sostiene que refiriéndose a hechos similares a los cuales se fundan los presentes autos y visto lo dispuesto en el numeral 13 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, acumúlense a estos autos Protección N° 7266-2018 los aludidos recursos Protección N° 7412-2018, N° 7475-2018, N° 7468-2018, N° 7469-2018, N° 7837-2018, N° 8030-2018, N° 8036-2018, N° 8061-2018, N° 8132-2018, N° 8127-2018 y N° 8223-2018, por ser de anterior iniciación, debiendo formarse un solo expediente para ser resueltos en una misma sentencia.
Por lo tanto, bajo la misma causa serán tramitados los recursos ingresados por agrupaciones o instituciones, correspondientes a las signadas con los roles: 7412-2018, caratulado: Ilustre Municipalidad de Quintero contra Enap Refinerías S.A.; 8132-2018, Marcelo Cárdenas/Ministerio de Medio Ambiente, Subsecretaría del Medio Ambiente; 7475-2018, Municipalidad de Puchuncaví contra Enap S.A; 8036-2018, Defensora de la Niñez/Ministro de Salud, Dirección Regional de Onemi y Dirección Nacional de Onemi; 8061-2018 , Jara/Ministro del Interior y Seguridad Pública e Intendente de la Región de Valparaíso; 8127-2018, Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales, Buzos mariscadores y ramos similares; 7837-2018, Dannia Galarce/Fisco De Chile, Consejo de Defensa del Estado; 8030-2018, Contreras/Ministerio de Salud (INDH), y 8223-2018, caratulado Costa/Servicio De Evaluación Ambiental (ONG FIMA).
A la causa no se agregaron los recursos ingresados por personas naturales: 7468-2018, caratulada María Fabiola Rosinelli Navarro y otros; y 7469-2018, Ruth Vaccaro Saavedra y Familia.
Vea texto íntegro de la sentencia
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