La moción de los diputados Álvarez-Salamanca, Flores Oporto, Flores García, Jiménez, Jürgensen, Lorenzini, Mellado Pino, Mellado Suazo, Orsini y Urruticoechea, busca incorporar una agravante de responsabilidad criminal para sancionar los delitos cometidos en zonas rurales, considerando que existe por parte del agresor un aprovechamiento de la distancia que separa a su víctima con el auxilio de la fuerza pública.
Los autores de la iniciativa afirman que determinar la diferencia entre lo urbano y lo rural significa atender particularmente las necesidades de los habitantes de las zonas rurales, sobre todo entender las condiciones diferentes de la vida rural que permita atender de manera especial los delitos cometidos en dichos sectores, los cuales son cada vez más violentos porque, entre otras razones, los delincuentes actúan sobre seguro aprovechando el desamparo y estado de vulneración en que se encuentran las víctimas. La principal característica de este tipo de criminalidad, es entonces el aprovechamiento de los delincuentes sobre la soledad y la distancia que separa a sus posibles víctimas con la fuerza pública.
El proyecto indica que si bien el único delito vinculado a la “violencia rural” sobre el cual podría realizarse un análisis con algún grado de precisión, es el abigeato, y por ende las estadísticas de delitos rurales únicamente dicen relación a éste delito, es evidente que el abigeato no es único delito que se comete en zonas denominadas rurales o lejanas a las urbes. De acuerdo a relato de autoridades y dirigentes locales, los robos con violencia a las propiedades de quienes viven en sectores rurales se han incrementado, incluso con alarma en algunas localidades.
La iniciativa consta de un único artículo, el cual dispone que se agregue un nuevo numeral 22 al artículo 12 del Capítulo IV del Código Penal, del siguiente contenido: “Ejecutar delitos en zonas rurales, aprovechándose de la mayor indefensión y ventaja de la distancia que separa a las víctimas del auxilio de la fuerza pública”.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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