El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de un recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la sentencia del Tribunal Electoral de la Región de Antofagasta que rechazó una reclamación de nulidad deducida en contra de la elección de directorio de la Junta de Vecinos Altos Club Hípico de la ciudad de Antofagasta.
En su líbelo, la ex presidenta de la referida Junta de Vecinos requiere que se declare la nulidad de la elección de directorio efectuada el día 08 de marzo de 2018, arguyendo que esta se realizó sin las formalidades de convocatoria, Comisión Electoral, voto secreto e informado, y falta de procedimiento aplicado a la censura de que fue objeto, incumpliéndose así lo dispuesto en la Ley N° 19.418, sobre de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
Y es que en su sentencia, precisó el Tribunal Electoral de Antofagasta que el proceso de elección de la citada Junta de Vecinos se ajustó a derecho, ya que, de los antecedentes tenidos a la vista, se puede establecer que operó lo prescrito en el artículo 19 de la Ley N°19.418.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta apelación.
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