En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por Gendarmería en favor del interno Celestino Cerafín Córdova Tránsito, quien se encuentra en huelga de hambre líquida en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad.
La Primera Sala del tribunal de alzada hizo lugar al recurso y ordenó a Gendarmería tomar las medidas necesarias para proteger la salud, vida e integridad física del Córdova Tránsito.
Cabe recordar que Celestino Córdova cumple condena de 18 años de presidio, como autor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González. Ilícito perpetrado en el fundo Granja Lumahue, de la comuna de Vilcún, el 4 de enero de 2013.
En su sentencia, la Corte de Temuco acogió el recurso de protección deducido por el Director Regional de Gendarmería de Chile Región de La Araucanía, en favor del interno Celestino Cerafin Córdova Tránsito, sólo en cuanto se declara que la decisión adoptada por éste constituye un atentado a su vida e integridad física, autorizando a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia al huelguista en un centro hospitalario, a objeto de que se les brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo, respecto a la alimentación del mismo, de manera de asegurarle su vida e integridad física.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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