El Tribunal Constitucional admitió a trámite el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de Diputados, respecto del Decreto Supremo Nº 776, de 9 de abril de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece visto consular de turismo a nacionales de Haití, publicado en el Diario Oficial el 17 de abril de 2018.
Al efecto, cabe recordar que los requirentes aducen en síntesis que el decreto en cuestión vulnera el artículo 7º, inciso segundo de la Constitución Política por carecer el acto de fundamento razonable, toda vez que no poseería la norma reprochada datos fidedignos y exactos en que se apoye.
De otro lado, manifiestan que se transgrede la igualdad ante la ley, por establecer una discriminación arbitraria, por consagrar un trato diferente y más gravoso para los nacionales de un país, sin dar razones fundamentadas para ello, por lo cual la visa consular de turismo para personas provenientes de Haití contraría el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política.
En su resolución expone la Magistratura Constitucional que los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por la Constitución Política, en relación con lo previsto en la Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea textos íntegros del requerimiento y del expediente Rol N° 4757-18.
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