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En fallo unánime.

Corte de Arica acoge amparo de ciudadano boliviano con orden de expulsión desde 1997.

El Tribunal acogió la acción constitucional deducida y deja sin efecto el decreto de expulsión dictado en diciembre de 1997, por carecer de racionalidad y ser arbitrario el actuar del órgano administrativo.

6 de abril de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado en contra de la Intendencia Regional de Tarapacá, que decretó la expulsión de ciudadano boliviano que ingresó irregularmente al país, en 1960, junto a sus padres y que cuenta con arraigo familiar al tener, al menos, 11 hijos nacidos en Chile.
La sentencia sostiene que no es posible desatenderse de las circunstancias personales y familiares del amparado, quien permanece en el país al menos desde 1985, como afirma el recurrido, cuando se le otorgó residencia definitiva, mantiene arraigo familiar al residir aquí sus hijos chilenos (acreditando con los correspondientes certificados tener al menos once, todos nacidos en Chile) y se desempeña laboralmente en el rubro agrícola, al ser accionista de Agrícola del Norte S.A. así como miembro (socio y locatario) de Asoagro A.G.
La resolución agrega que a lo anterior se suma que hasta el día de hoy la orden de expulsión, que data de 1997, no ha sido ejecutada por la autoridad administrativa, sin esgrimirse por ésta en su informe, evasión u ocultamiento del amparado con ese fin, lo que ha llevado a que éste haya forjado vínculos que lo arraigan al país y que se mencionan en el motivo anterior, a lo que cabe agregar que durante el período de permanencia en Chile no ha cometido ningún ilícito -nada al respecto se ha informado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública-, conjunto de circunstancias que privan hoy de fundamento racional al acto impugnado y, consecuencialmente, permiten afirmar que se pone en peligro su libertad personal por un acto arbitrario de la Administración, lo que conlleva que la acción interpuesta deba ser acogida.

 

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