La moción de los senadores Bianchi y Horvath expone que, de acuerdo a la normativa legal vigente, solo la Biblioteca Nacional se mantiene como depositario legal de las obras impresas, excluyendo –a su parecer- otros actores que podrían ser relevantes.
Observa luego que, las regiones, provincias y comunas no han tenido un correlato idéntico en cuanto al depósito de ejemplares impresos, debiendo en gran parte, adquirir estas obras con sus propios recursos que habitualmente escasean.
Al efecto, los autores de la iniciativa sostienen que el conocimiento es clave para todos los usuarios de regiones en el contexto de las nuevas realidades que enfrenta el mundo, marcado por interacciones en escenarios de globalidad, de territorios y comunidades virtuales, de naciones reales y estado virtuales.
Por tal motivo, y con el propósito de que las bibliotecas virtuales cuenten con material bibliográfico más actualizado en todos los ámbitos del conocimiento, el proyecto de ley propone modificar el artículo 14 de la Ley Nº 19.733, sobre las Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, estableciendo que las “Las personas o establecimientos deberán enviar a la Biblioteca Nacional, al tiempo de su publicación, una cantidad no inferior al total de las bibliotecas públicas catastradas en el país”. Agrega que “la Biblioteca Nacional deberá destinar al menos un ejemplar por cada biblioteca pública del país, de la forma que determine el reglamento. Este depósito se podrá realizar por medios electrónicos".
Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Sala del Senado.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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