El Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago condenó a la Empresa de Transportes Rurales Limitada (Turbus) a pagar una indemnización de $10.584.195 a pasajera lesionada en accidente de tránsito registrado en la Ruta 78, el 23 de noviembre de 2010.
La sentencia sostiene que en el presente caso el conductor desatendió las condiciones del tránsito y perdió el control del bus, cuestión que implica una vulneración a lo dispuesto en el artículo 108 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 27 de diciembre de 2007 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito, el que dispone: "Todo conductor deberá mantener el control de su vehículo durante la circulación y conducirlo conforme a las normas de seguridad determinadas en esta ley, sin que motive alguno justifique el desconocimiento o incumplimiento de ellas. Asimismo, los conductores estarán obligados a mantenerse atentos a las condiciones del tránsito del momento”.
La resolución agrega que el fin de la norma es, precisamente, que no se produzcan accidentes de tránsito como el que se ha tenido por establecido. De este modo, el conductor obró de manera culpable, verificándose su culpa infraccional al no realizar una conducción diligente del vehículo, poniendo en riesgo a los pasajeros, riesgo que se terminó materializando. Luego, los daños derivados del accidente -los cuales serán objeto de un análisis posterior- nos llevan a establecer la existencia de un cuasidelito civil.
Por último, el fallo concluye que aparece que la demandada ha incumplido el contrato de transporte, al haberse llevado a cabo el mismo sin respetar las condiciones de seguridad en que debía prestarse el servicio, cuestión que se verifica tras una conducción culpable de uno de sus dependientes.
Vea texto íntegro de la sentencia
RELACIONADO
*Juzgado Civil de Santiago ordena a empresa de buses indemnizar a familiares de fallecido en accidente de tránsito…