En fallo unánime, la Corte Suprema anuló de oficio la vista de la causa en una apelación deducida contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción de amparo deducida en favor de un interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II cuya solicitud del beneficio de libertad condicional fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional.
La sentencia del máximo Tribunal señaló que “advirtiendo el tribunal durante el estado de acuerdo que el día de la vista de la causa integró la sala el Abogado Integrante Sr. Matus, en circunstancias que la resolución recurrida fue dictada por un tribunal integrado por doña María Cecilia Ramírez, su cónyuge, lo que podría cuestionarse por aplicación del artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República, de oficio, se anula la vista de la causa y se retrotrae el procedimiento al estado se celebrarse una nueva audiencia para el conocimiento del asunto pendiente”.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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