En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos –INDH- sede Coquimbo, en contra de Gendarmería, por la supuesta vulneración de la libertad personal y seguridad individual de pareja de internos del complejo penitenciario Huachalalume, la que se habría cometido durante un allanamiento.
La Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción constitucional, pero instruyó a institución penitenciaria para que adopte las medidas necesarias para impedir tratos denigrantes en contra de los internos en los procedimientos de allanamientos.
En su sentencia, se expone que no consta de ninguna forma que los hechos hubiesen ocurrido como los ha relatado el recurrente en su acción o que éstos hayan acaecido como se señala en el informe evacuado al efecto por Gendarmería de Chile, no obstante aquello, el recurrido ha acompañado video en que consta la dinámica del allanamiento donde se vislumbra que éste se desarrolló en normalidad sin observarse ninguna situación violenta en contra de los internos", consigna el fallo.
De esa forma, concluye el fallo rechazando el recurso de amparo deducido por doña Tarcila Piña Riquelme en representación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, a favor de Pía María (Jorge Andrés) Olivares López, y de Boris Esteban Castillo Arriagada, sin perjuicio de lo resuelto, y velando por la integridad física y psíquica de los amparados, especialmente la condición de transgénero de la amparada, es que esta Corte instruye que en lo sucesivo la institución penitenciaria adopte las medidas necesarias para impedir tratos denigrantes en contra de los internos en los procedimientos de allanamientos.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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