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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse respecto de constitucionalidad de proyecto que crea sociedad anónima del Estado denominada “Fondo de Infraestructura S.A.”

El Fondo de Infraestructura S.A. se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas.

22 de enero de 2018

El Senado remitió al TC el proyecto de ley que crea una sociedad anónima del Estado denominada “Fondo de Infraestructura S.A.” (Boletín N° 10.647-09).

Cabe señalar que el proyecto autoriza al Estado para desarrollar actividades empresariales de construcción, ampliación, reparación, conservación, explotación, desarrollo, financiamiento o inversión referidas a proyectos de infraestructura, incluida aquella necesaria para el desarrollo de transporte público, y/o la prestación de servicios anexos a los mismos, a través de una sociedad anónima, que constituirán el Fisco (99%) y la Corporación de Fomento de la Producción (1%). Asimismo, el Fondo de Infraestructura S.A. se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas y para ello establece que la administración del Fondo la ejercerá un Directorio que estará compuesto por cinco miembros. El Fondo se regirá por las mismas normas financieras, contables y tributarias que rigen para las sociedades anónimas abiertas.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4282-18 y del proyecto de ley.

 

 

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