En condiciones de ser analizado por una Comisión Mixta quedó el proyecto que regula la elección de los nuevos gobernadores regionales, luego de que la Sala de la Cámara de Diputados debatiera las modificaciones realizadas por el Senado al texto legal.
Cabe recordar que la iniciativa, que busca viabilizar la reforma constitucional de diciembre de 2016, permitiendo la elección directa de los gobernadores regionales, fue aprobada en gran parte de su articulado, con la salvedad de las materias que dicen relación con la elección de los consejeros regionales.
En ese sentido, se determinó que sea la Comisión Mixta la que resuelva si dicha elección se realiza junto con los gobernadores regionales el 2020, o de manera separada el 2021, respetando en esta última propuesta el período por el que fueron electos recientemente los Cores.
Por otra parte, se mantiene la figura del gobernador regional como un órgano ejecutivo del Gobierno Regional, para lo cual se determinan los requisitos para optar al cargo, sus inhabilidades, incompatibilidades, subrogación, vacancia y causales de cesación.
Así, se establece que no podrán ser candidatos a gobernador regional las siguientes autoridades: Los Ministros de Estado, los subsecretarios, los encargados presidenciales regionales, los encargados presidenciales provinciales, los secretarios regionales ministeriales, los miembros del consejo del Banco Central, el Contralor General de la República, diputados, senadores, alcaldes y concejales.
La propuesta también establece normas para el escrutinio y calificación de la elección por parte del Tribunal Calificador de Elecciones. Además, incorpora normas que adecuan las denominaciones de los actuales intendentes y gobernadores, que pasarán a llamarse "encargados presidenciales regionales" y "encargados presidenciales provinciales", respectivamente.
Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.
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