El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre el recurso de reposición interpuesto por Marcelo Zunino, concejal de la comuna de La Florida, contra la resolución N°G2075 del Servel.
Cabe recordar que el Servel observó en la cuenta general de ingresos y gastos electorales presentada que se registra la existencia de aportes propios del candidato, no realizados a través del Sistema de Recepción de Aportes, correspondientes a la diferencia de la incorporación de la comisión bancaria electoral de $7.620, en la cuenta de gastos. Por ello, se sancionó al denunciado con la multa dispuesta en el inciso 5° del artículo 27 A de la Ley N° 19.884. Además, se rechazó el reembolso de las facturas N° 6 del proveedor Díaz Gamboa por un monto de $853.212 y la N° 167 del proveedor Soto Telles por un monto de $700.000, por no cumplir los requisitos del artículo 15 de la Ley 19.884.
El recurrente aduce, respecto de la existencia de aportes propios, que fue un error involuntario y no actuó de mala fe, por lo cual solicita se deje sin efecto la multa aplicada, considerando que esta excede en 30 veces el eventual perjuicio. En cuanto al reembolso rechazado, adjuntó declaraciones juradas de los proveedores, las que señalan que ambas boletas de honorarios se encuentran pendientes de pago.
El Servel acogió parcialmente la reposición deducida, por cuanto dejó sin efecto la multa aplicada, pero rechazó la devolución de gastos electorales de las boletas indicadas.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre la reposición deducida.
Vea texto íntegro del expediente Rol 2234-2017.
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