Noticias

En fallo unánime.

Corte de Santiago rechaza queja contra juez árbitro que resolvió disputa por uso de dominio en Internet.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia que rechazó la demanda presentada por la Compañía Pisquera de Chile.

13 de octubre de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó el recurso de queja presentado en contra de un juez árbitro que resolvió el un conflicto por el dominio de internet del sitio spiritsandes.cl.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que de los autos arbitrales tenidos a la vista, consta que para decidir la controversia, el señor juez árbitro arbitrador consideró diversos argumentos que se leen a partir del considerando séptimo de la sentencia, a saber: que el revocante no acompañó documento probatorio alguno que acreditare que la marca "Spirit of Andes" esté efectivamente siendo usada en el mercado, o que tenga intenciones de usarla, en circunstancias que lleva más de diez años registrada a su nombre; que presume que el revocante no ha hecho uso de la marca, que si la marca no se está usando no podría producirse error o confusión entre los consumidores y usuarios de internet.
La resolución agrega que no se acreditó que la marca goce de fama o notoriedad; que el nombre del dominio en litigio no es idéntico a la marca comercial de la demandante; que en uso de las facultades del artículo 637 del Código de Procedimiento Civil el sentenciador constató que la empresa Carvichile Ltda. opera en el rubro de la arquitectura y la construcción, por lo que no existen indicios que hagan presumir que el dominio en litigio vaya a ser usado en algo relacionado con el giro del revocante, esto es, la fabricación y comercialización de productos de la clase 33; y que no existen antecedentes suficientes para configurar un interés preferente del revocante, conforme a todo ello dado que CARVICHILE LTDA, pidió el nombre de dominio en conflicto en primer lugar, aplicó en su favor el principio "first come, first served" principio que sumado a los otros antecedentes mencionados, consolida definitivamente el mejor derecho del primer solicitante al dominio spiritsandes.cl.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

RELACIONADOS
*Senadores solicitan al Gobierno reforzar defensa de la denominación de origen del Pisco…
*CS rechazó recurso de casación presentado por Perú en contra de registro marcario “The last pisco sour”…
*CS confirma sentencia que autoriza uso de marca Jaguar para productos de aseo y cosméticos…
*CS acogió casación y rechazó oposición deducida por Celulosa Arauco contra registro de marca “SoyArauco.cl”…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad