El Tribunal Constitucional de España admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Presidente del Gobierno contra el apartado segundo del art. 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, en la redacción dada por la reforma parcial aprobada por el Pleno de dicha Institución el pasado 26 de julio.
Asimismo, el Tribunal Constitucional español acordó la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del art. 161.2 de la Constitución.
El Pleno de la Magistratura Constitucional española acordó conferir traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Parlamento y la Generalitat de Cataluña, los que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
Vea textos íntegros del comunicado y de la resolución.
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