El Tribunal Constitucional de España admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Presidente del Gobierno contra el Decreto-Ley de la Junta de Andalucía 5/de 11 de octubre, por el que se regula la jornada de trabajo del personal empleado público de la Junta de Andalucía (Véase relacionado).
Asimismo, el Tribunal Constitucional español acordó la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del art. 161.2 de la Constitución.
El Pleno de la Magistratura Constitucional española acordó conferir traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Junta de Andalucía y al Parlamento de dicha Comunidad Autónoma, los que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
Vea textos íntegros del comunicado y de la resolución.
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