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TRICEL se pronunciará sobre apelación contra sentencia que ordenó modificar número de consejeros regionales a elegir en la Región de Los Ríos.

Se recurre contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Región de Los Ríos, que acogió la reclamación interpuesta por el Consejo Regional de Los Ríos.

29 de mayo de 2017

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre un recurso de apelación deducido por el Servicio Electoral en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Región de Los Ríos, que acogió la reclamación interpuesta por el Consejo Regional de Los Ríos y ordenó modificar el número de consejeros regionales a elegir en las provincias de Ranco y Valdivia.

Cabe recordar que en los autos sobre reclamación contra la resolución dictada por el Servicio Electoral que determina el número de consejeros regionales a elegir en la Región de Los Ríos, el Consejo Regional de Los Ríos solicitó, para efectos de calcular el número de consejeros regionales a elegir, declarar inaplicable el Censo del año 2002, pues la región no existía en ese momento, y en su lugar utilizar las cifras de población proyectadas por el Instituto Nacional de Estadísticas para el año 2017.

Así, el recurrente sostiene que con fecha 15 de mayo de 2017 la resolución recurrida se pronunció acogiendo totalmente la reclamación y ordenando al Servicio Electoral que modifique el número de consejeros regionales a elegir en la Región de Los Ríos, incrementándolo de 14 a 16 consejeros.

En consecuencia, el SERVEL solicitó dejar sin efecto lo resuelto en la sentencia impugnada, por cuanto actuó en conformidad con la normativa que regula el sistema electoral público al determinar la cantidad de consejeros regionales en base al Censo del año 2002. Añade que este cálculo fue utilizado a nivel nacional, no siendo reclamado en ninguna otra región, ni siquiera en la Región de Arica y Parinacota, la que fue creada al mismo tiempo que la Región de los Ríos.

Corresponde ahora que el TRICEL se pronuncie sobre la apelación deducida.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol 121-2017.

 

 

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