El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) se pronunciará sobre la reclamación interpuesta en contra de la Resolución “O” Nº 1.147 del Servicio Electoral que sancionó a Darío Quiroga, ex candidato a alcalde por la comuna de Calama, con multa de 5 U.T.M por infracción al artículo 16 de la Ley Nº 19.884, sobre límite, transparencia y control del gasto electoral.
Cabe recordar que el SERVEL, una vez efectuada la revisión y análisis de la declaración de gastos electorales realizados, formuló dos observaciones uno de aporte partido político por $730.000, y el otro de $42.952 por concepto de aporte propio, respecto de los cuales no se tiene registro en el Sistema de Recaudación de Aportes del Servel, transgrediendo así lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 27 A de la Ley Nº 19.884, esto es, una sanción de 5 a 50 UTM.
El reclamante aduce que la apertura de la cuenta vista en el Banco Estado solo se produjo el día 9 de junio de 2016, por parte del Director del Servicio Electoral, como consta en correo electrónico de la Subdirección de Control de Gasto y Financiamiento Electoral, esto es diez días previos a la realización de las elecciones primarias fijadas para el día 19 de junio de 2016, motivo por el cual indica que considerando la necesidad de realizar gastos electorales, es que el Partido Comunista de Chile le realizó aportes en forma directa, a través de documentos bancarios de la Cuenta Corriente del Partido.
Por último, aduce que de otra manera al no contar con la apertura de la cuenta en el Banco, ni tampoco el Partido, no podría haber realizado su campaña electoral, situación que vulneraría la igualdad entre los candidatos que competían en dicha elección primaria.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre la reclamación.
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