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Control obligatorio.

TC deberá resolver constitucionalidad de proyecto que establece perfeccionamientos en materia de asignaciones para funcionarios del sector salud.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

3 de octubre de 2016

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que el proyecto de ley que establece perfeccionamientos en materia de asignaciones para los funcionarios del sector salud que indica y delega facultades para la fijación de las plantas de personal de los Servicios de Salud y del Fondo Nacional de Salud (Boletín N° 10.752-11), con el objeto que se ejerza el control de constitucionalidad obligatorio.

Cabe recordar que la iniciativa tuvo su origen mediante mensaje y tiene por objeto, en esencia, contribuir a fortalecer los estímulos que perciben los funcionarios de los servicios de salud, en virtud de las características de sus puestos de trabajo, la experiencia adquirida en el sistema de salud y el aporte en el cumplimento de los objetivos institucionales, así como progresar con equidad en materia de condiciones laborales y su efecto en las compensaciones salariales de dichos funcionarios. Para lo anterior, se modifican diversas remuneraciones y se faculta para dictar nuevas plantas de personal. La provisión de las nuevas plantas se hará gradualmente en el marco de los recursos comprometidos en el protocolo respectivo.

Por otra parte, extiende la asignación de fortalecimiento de la autoridad sanitaria de la ley N° 20.865 a los funcionarios de la Subsecretaría de Salud Pública que se rigen por las leyes Nos.15.076 y 19.664, y que hubieren sido traspasados desde los Servicios de Salud a dicha Subsecretaría.

Finalmente se establece la facultad para fijar una nueva planta de personal del Fondo Nacional de Salud.

Finalmente, el proyecto de ley modifica diversas normas en materia de salud.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3232-16.

 

 

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