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Eficiente conservación.

LyD publica informe “Código de Aguas: El derecho de propiedad en entredicho”.

Las mejoras deben ir por este camino y no por dar nuevas facultades a los organismos del Estado que no respetan los derechos de propiedad, indica LyD.

3 de agosto de 2016

El Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), publicó en su sección Temas Públicos, el documento “Código de Aguas: El derecho de propiedad en entredicho”.

El informe recuerda que hace más de cinco años se inició la tramitación legislativa de la moción destinada a reformar el actual Código de Aguas, modificando radicalmente la concepción que hoy tienen los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA), especialmente el derecho de propiedad vigente. 

En ese sentido, LyD indica que la iniciativa apunta a dos aspectos claves de la concepción que hoy se tiene de los DAA, primero en cuanto a la temporalidad y segundo, respecto a la supresión de uno de los atributos del dominio, la disposición.

Al efecto, el informe señala que texto legal propone que el uso y goce de los DDA tendrá una duración máxima de 30 años, otorgándole un carácter temporal, de conformidad a los criterios de disponibilidad de la fuente de abastecimiento y/o sustentabilidad del acuífero, siendo estos prorrogables a menos que la DGA acredite el no uso efectivo del recurso o se cambie la finalidad para el cual fue destinado originalmente.

En un segundo aspecto, el documento expone que los DAA pasarán a ser meras concesiones administrativas, pues se pierde una de sus facultades esenciales de la propiedad, por cuanto se suprime la facultad de disposición que tiene todo propietario (y que ya ingresó a su patrimonio), y que le permite transferir o transmitir el dominio, vulnerando con este cambio la propiedad reconocida expresamente en la Constitución. Sin embargo, indica que esta afectación pone en duda el ejercicio del derecho y constituye una inconstitucionalidad, por cuanto no se le ha otorgado al legislador la facultad para fijar un plazo a la propiedad, la que es de carácter indefinido y perpetuo.

De ese modo, LyD destaca que, de acuerdo a las recomendaciones del Banco Mundial en su informe de 2011 van en su mayoría orientadas a mejorar la gestión del agua, lo que a su juicio está muy lejos de formar parte de la discusión de esta Reforma, la que tampoco parece ir en la línea de la promoción y desarrollo de actividades económicas que la usan como fuente.

Finalmente, concluye el documento sosteniendo que si la preocupación de la autoridad es asegurar en el largo plazo la disponibilidad de este recurso, las mejoras deben ir por este camino y no por dar nuevas facultades a los organismos del Estado que no respetan los derechos de propiedad ni tampoco aseguran los objetivos de uso eficiente y conservación del agua.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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