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Pampa Camarones.

Segundo Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación de empresa minera contra resolución de SMA.

Admitida a tramitación, el Segundo Tribunal Ambiental ofició a la Superintendencia del Medio Ambiente, a fin de que informe de conformidad al artículo 29 de la Ley N° 20.600.

13 de enero de 2016

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, acogió a trámite un recurso de reclamación deducido por parte de la empresa minera Pampa Camarones S.A., en contra de la Resolución Exenta N° 1147/15, de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la cual rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución Exenta N° 714/15, que adoptó medidas provisionales al proyecto denominado “Planta de Cátodos Pampa Camarones”.
Al efecto, cabe recordar que el proyecto en cuestión contempla la producción en planta de 8.400 toneladas de cátodos de cobre, utilizando agua de mar en el proceso, la que es impulsada desde un punto de aducción localizado en el sector denominado “Punta Madrid”.
En su libelo, la reclamante arguye que el recurso de reposición debió ser acogido, toda vez que la Resolución Exenta N° 714/15 adoptó medidas provisionales en forma previa a un procedimiento administrativo sancionatorio, sin cumplir con los requisitos esenciales establecidos en los artículos 48 de la LOSMA y 32 de la Ley Nº 19.880.
De otro lado, sostuvo que la resolución del recurso de reposición incumplió el plazo máximo de 30 días que le otorga el inciso quinto del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.
Admitida a tramitación, el Segundo Tribunal Ambiental ofició a la Superintendencia del Medio Ambiente, a fin de que informe de conformidad al artículo 29 de la Ley N° 20.600.

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