El Tribunal Constitucional de República Dominicana declaró la inconstitucionalidad de la Ley 550-14 que propone un nuevo Código Penal en este país.
Al efecto, cabe recordar que la decisión de la Magistratura dominicana responde a recursos de inconstitucionalidad interpuestos por las organizaciones civiles Justicia y Transparencia, Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz, contra los artículos 107, 108, 109 y 110 de la referida ley.
Los mencionados artículos regulan el delito de aborto y establecen eximentes de responsabilidad para los casos de violación, incesto o el originado en malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada.
Así, el TC dominicano confirmó la vigencia del Código Penal de la República Dominicana, promulgado mediante Decreto-Ley núm. 2274 del 20 de agosto de 1884.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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