El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 61 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
La gestión pendiente incide en autos sobre delito de malversación de caudales públicos, de que conoce el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2916-15.
RELACIONADO