El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), deberá pronunciarse respecto de una denuncia interpuesta por el Servicio Electoral (SERVEL) en contra del Partido Ecologista Verde, por supuesta infracción al artículo 51 de la Ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos.
Al efecto, cabe recordar que el SERVEL, mediante Resolución Nº 0139 de 2015, rechazó el Balance del año 2014 del Partido Ecologista Verde, aduciendo que dicho partido presentó un balance incompleto, a pesar que se le indicó el detalle de la documentación faltante y que se le confirió un plazo de 15 días para su presentación.
Conforme a lo anterior y en cumplimento de lo prescrito en el Título V de la Ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, el SERVEL remitió al TRICEL los antecedentes, con el objeto que se determine la sanción aplicable.
De ese modo, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre la denuncia planteada.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 53-2015.
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