La moción de los diputados Espinosa, Hernando, Jarpa y Meza, expone que el rol del dirigente en el caso de las Juntas de Vecinos u organizaciones sociales en general, requiere de dedicación y capacidad de coordinar las actividades que la organización requiera llevar a cabo, contar con comprensión organizativa inspirando a los demás para que apuesten por el bienestar de la organización y trabajen por objetivos comunes; además de lidiar con las ideas de cada uno de sus integrantes, que pueden ser opuestas entre sí.
Observa luego que la labor antes descrita es desempeñada por mujeres y hombres dedicados a sacar adelante proyectos que van en mejora de la calidad de vida de quienes participan de la organización, que implica un trabajo desinteresado y voluntario, pero no exento de problemas y de riesgo para la integridad de quienes están a cargo de una determinada organización.
Al efecto, los autores de la iniciativa aducen los dirigentes sociales se encuentran reiteradamente expuestos a todo tipo de maltratos por ser la cara visible de las ideas y proyectos que intentan plasmar y obtener de acuerdo a sus fines propios.
Por lo antes descrito y con el objeto de subsanar tal situación, el proyecto de ley propone modificar el artículo 268 del Código Penal, sancionando a quienes agredan a dirigentes sociales en el ejercicio de sus funciones.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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