El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2331 del Código Civil.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre indemnización de perjuicios de que conoce el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2860-15.
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