La moción de los diputados Squella, Trisotti, Turres, Ulloa, Urrutia y Van Rysselbergue, expone que nuestra legislación establece algunas normas sobre protección del ejercicio de las funciones de seguridad pública, en especial de los funcionarios encargados de la persecución penal, como de aquellos que dan eficacia al derecho.
Observa luego que durante el último tiempo hemos sido testigos de cómo grupos violentistas se han ensañado contra el personal de Carabineros de Chile, perdiendo absolutamente el respeto ante el ejercicio de la función policial, atentando en innumerables ocasiones contra la integridad personal de sus funcionarios, causándoles incluso la muerte en lamentables episodios.
Al efecto, los autores de la iniciativa arguyen que la Ley N° 20.477, modificó la competencia de los Tribunales Militares, quedando el conocimiento de las acciones por delitos en contra de Carabineros en manos de la justicia ordinaria.
Agregan que la modificación antes citada se ajusta a los criterios internacionales sobre la materia y a una aplicación más directa del principio de debido proceso constitucional, ha creado una atmosfera de impunidad de los delitos en contra de estos funcionarios que debe ser corregida.
Por las razones expuestas, y con el objeto de fortalecer el ejercicio de la función judicial, el proyecto de ley propone modificar el Código de Justicia Militar, incorporando las siguientes medidas: La tentativa se castigará como delito consumado; La no procedencia de la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 7 del Código Penal y; La improcedencia de beneficios de la Ley 18.216 a quienes hayan sido condenados anteriormente por crimen o simple delito en contra de funcionarios de Carabineros de Chile.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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