Se solicitó del TC la resolución de una contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Policía Local de Cabrero y la Fiscalía Local de Yumbel, en relación a una causa sobre manejo bajo la influencia del alcohol.
La referida Fiscalía Local de Yumbel había remitido los antecedentes de la causa al Juzgado de Policía Local de Cabrero, por estimar que se trataban de materias propias de su competencia. Sin embargo, el Juzgado de Policía Local de Cabrero se declaró incompetente para seguir conociendo de la causa, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 13, 14 y siguientes de la Ley Nº 15.231, los artículo 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14 y 17 de la Ley Nº 18.287 y, en especial, lo establecido en el artículo 111, inciso 3º, de la Ley Nº 18.290, modificado por la Ley Nº 20.580, que redujo los niveles de alcohol en la sangre.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la contienda de competencia planteada.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 2818-15.
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