La Sala del Senado aprobó –por unanimidad- dos iniciativas que pretenden promover la inclusión en el mundo laboral de personas que tienen algún tipo de discapacidad.
Al efecto, cabe recordar que el primer proyecto de ley -en segundo trámite constitucional- originado en una moción de un grupo de diputados (boletín N°7855), pretende obligar a las unidades laborales del sector público o privado a reservar al menos el 2% de sus puestos de trabajo para personas que posean alguna discapacidad física, mental o sensorial de carácter temporal o permanente. Asimismo, plantea que en las licitaciones de la Administración del Estado, se dará preferencia a los postulantes que sean empleadores de personas con discapacidad y se excluyen de las contrataciones a quienes hayan sido condenados por discriminación por causa de discapacidad.
Por otra parte, la segunda iniciativa –en primer trámite constitucional- que tuvo su origen en una iniciativa de un grupo de senadoras (boletín N° 9394-13), modifica el Código del Trabajo, con el fin de prohibir la discriminación por discapacidad en el trabajo y establece cuota mínima obligatoria de trabajadores con discapacidad en medianas y grandes empresas, con el objeto de propulsar la inserción de personas con discapacidad en el mercado laboral, asegurando su inclusión en el trabajo y permitiendo su independencia económica.
El proyecto de ley expone que las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores, deberán contratar a personas con discapacidad en una proporción no inferior al 2% del total de quienes presten servicios en ella, a partir del 1° de enero del año subsiguiente al de publicación de este proyecto como ley. De manera contraria, se impartirán infracciones que ascienden a multas de hasta 50 UTM, por cada trabajador que el empleador, en conformidad a dicha norma, debía contratar.
Los senadores tendrán plazo hasta el 11 de mayo próximo para presentar las respectivas indicaciones.
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