El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), suspendió inminente expulsión de una mujer de nacionalidad camerunesa, perseguida por motivos de género que solicitó asilo en el Aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
Al efecto, cabe recordar que, tras la denegación de asilo por parte de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), y ante los numerosos indicios que evidenciaban un riesgo real para su vida e integridad física en caso de su devolución a Camerún, desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), se interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional solicitando una medida cautelarísima para que se autorizara la permanencia de la mujer afectada en España. La Audiencia Nacional rechazó la autorización de esta medida.
Conforme a lo anterior, el servicio jurídico de CEAR demandó del Tribunal de Estrasburgo la adopción de la regla 39 del Reglamento del TEDH, que permite a dicha Magistratura la adopción de medidas provisionales, como la suspensión del retorno de un solicitante de asilo a su país de origen cuando el órgano estima que hay un riesgo para personas que pueden ser merecedoras de protección internacional.
El Tribunal de Estrasburgo dispuso la paralización de la expulsión de la mujer, por estimar que existía riesgo de vulnerar el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), de trato inhumano o degradante y del peligro a la integridad física del solicitante de asilo.
Así, una vez suspendida la decisión, y luego de permanecer más de 20 días en el aeropuerto de Madrid-Barajas, la mujer camerunesa abandonó las dependencias aeroportuarias hasta que se decida su situación por parte de las autoridades españolas.
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