El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 3º del artículo 416 del Código Procesal Penal, referido a la solicitud de desafuero.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre petición de desafuero seguidos en contra de la Diputada Cristina Girardi Lavín de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
La requirente estima que la aplicación del artículo en cuestión es contraria a los artículos 19 Nº 3 y 61 inciso 2º de la Constitución Política, toda vez que implica establecer un procedimiento en virtud del cual, con el solo mérito de la querella y sin dar oportunidad para la presentación de pruebas por parte de la defensa, ni para una adecuada instancia de contradicción, se proceda a pronunciar el veredicto de desafuero.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días al solicitante en la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2805-15.
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