Se dedujo un reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa –por parte de un particular- en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII), fundado esencialmente en que la información relativa al personal y sus remuneraciones no está completa y se encuentra desactualizada, debido a que sólo se informa del personal y remuneraciones, y la escala de remuneraciones hasta el año 2010.
Al efecto, el Consejo sostiene haberse revisado el banner de Gobierno Transparente del SII a través del navegador Explorer, constatando que la información relativa al personal y sus remuneraciones estaba completa, mientras que, al revisarse con Google Chrome, se observó que efectivamente, a través de dicho navegador, solo se visualiza la escala de remuneraciones hasta el año 2010.
Conforme a lo anterior, el CPLT arguye que no existe una infracción a los artículos 7 de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, por cuanto de conformidad con lo previsto en el numeral 7, de la Instrucción General N° 11, se considera como buena práctica el acceso a las páginas de transparencia activa mediante distintos navegadores, tales como Explorer, Mozilla, Chrome, etc., no siendo obligatoria la habilitación de su acceso a través de todos ellos.
Así, en virtud de lo expuesto, el CPLT resuelve declarar inadmisible el reclamo presentado, toda vez que no existe infracción a las normas que regulan la transparencia activa.
Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo concluye recomendando al SII ajustarse a la buena práctica de posibilitar el acceso a las páginas de transparencia activa mediante distintos navegadores.
Vea texto íntegro de la decisión Rol N° C2545-14.
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