El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2331 del Código Civil.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre indemnización de perjuicios de que conoce el Segundo Juzgado Civil de Valdivia.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la parte demandada de la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente N° 2761-14.
RELACIONADOS