La moción de los senadores Harboe, Pizarro y Tuma, expone que el advenimiento de los contratos masivos, la formación del consentimiento ha ido modificándose hacia una forma más limitada, en especial para la parte que está en una condición más débil, debiendo limitarse a aceptar o rechazar las condiciones propuestas por aquella con mayor poder de negociación que ha fijado las cláusulas a su arbitrio.
Observa luego que en estas circunstancias en los contratos de adhesión, el consentimiento se forma de manera irregular, lo que redunda en perjuicio del consumidor, al imponerse sin contrapeso, la voluntad del proveedor y la imposibilidad de encontrar otro instrumento contractual para hacer operante el mercado masificado.
Al efecto, los autores de la iniciativa arguyen que durante los últimos años ha quedado demostrado que el contrato aludido ha entrado en crisis, no por su utilidad, sino por el actuar de los agentes del mercado, que han encontrado el escenario propicio para poder imponer cláusulas que escapan de toda lógica y justicia.
En tal sentido, y con el objeto de combatir el uso de clausulas abusivas de uso frecuente en los contratos de adhesión, el proyecto de ley propone modificar el artículo 16 de la Ley Nº 19.406, estableciendo una serie de medidas destinadas a entregar mayores herramientas a los jueces que deben interpretar la ley de los derechos de los consumidores.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y estudiada por la Comisión de Economía de la Sala del Senado.
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