El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó rechazó una acción de tutela laboral interpuesta –por parte de un particular- en contra de la Universidad Tecnológica de Chile Inacap Sede Curicó, por despido antisindical y en subsidio, despido injustificado.
Al efecto, el actor fundó su libelo señalando que ingresó a prestar servicios para la demandada el día 01 de mayo de 2006, en calidad de Director de carrera, agregando que con fecha 31 de enero de 2014, fue despedido por la causal contemplada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa. Sin embargo, manifestó el demandante que su despido no es más que una represalia de la demandada por haber ejercido actividades sindicales, constituyendo el mismo una práctica antisindical.
En su sentencia, adujo el Tribunal Laboral que, la prueba aportada por el demandante consistente en prueba documental y absolución de posiciones, mediante la cual el actor ratifica con su declaración lo expuesto en la demanda y ponderada según las reglas de la sana crítica, no han logrado acreditar que el despido de que fue objeto ha vulnerado su derecho individual a sindicalizarse.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 289 letras a), d) y e), 291 y 387 letras c), d) y e) del Código del Trabajo y artículo 19 de la Constitución Política de la República, el fallo concluye rechazando la demanda por prácticas antisindicales interpuesta por el demandante en contra de Universidad Tecnológica de Chile Inacap Sede Curicó.
Vea texto íntegro de la sentencia RIT T-25-2014.
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