Se dedujo acción de amparo, en favor de dos personas, en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.
El recurrente estimó vulnerado el derecho a la libertad personal de sus representados, toda vez que el mencionado juzgado citó a audiencia a los amparados para recibir prueba anticipada por parte del Ministerio Público.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso declaró inadmisible el recurso.
En su sentencia, indicó que, a partir del mérito del libelo, no se desprendían hechos que pudieran privar, perturbar o amenazar la libertad o seguridad individual de los amparados, en los términos que supone el artículo 21 de la Constitución Política de la República.
La Corte Suprema, en alzada, confirmó la sentencia sin agregar fundamentación.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°11522-2014.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N°1178-2014.
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