Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un particular- en contra de la Dirección del Trabajo, fundado en que la repuesta entregada a la información solicitada no se corresponde a la entregada en su oportunidad por la Inspección Provincial del Trabajo de Rancagua.
Al efecto, el CPLT precisó que, del requerimiento deducido, es posible observar que se requiere más bien un pronunciamiento por parte de la Dirección del Trabajo, respecto de las contradictorias informaciones que le fueron proporcionadas como respuesta a otras consultas, lo que a su vez no dice relación con el derecho de acceso a la información pública que busca garantizar el establecimiento del Consejo.
En consideración a lo expuesto, el CPLT concluye que la presentación del reclamante no cumplió con los requisitos para ser admitida a tramitación como solicitud de información y, consecuentemente, no puede dar lugar dicha petición a una reclamación de amparo al derecho de acceso a la información.
Vea texto íntegro de la decisión Rol C600-14.
RELACIONADOS
* Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad contra decisión de CPLT…