En torno a la actual discusión de la iniciativa que regula la ley de Extranjería y Migraciones (boletín 8970), en días pasados la Cámara de Diputados aprobó –con 55 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones- el Proyecto de Acuerno N° 8, que insta al Ejecutivo a enviar una indicación sustitutiva que modifique la naturaleza propuesta al Departamento de Extranjería y Migraciones, pasando a ser un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, desconcentrado territorialmente y sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, cuya función será encargarse de la política migratoria.
Entre los fundamentos del acuerdo, se destaca que, de mantenerse la propuesta actual, esto es, que el aludido Departamento sea parte directa del Ministerio del Interior, “supone un énfasis de gestión más político, focalizado en el diseño y evaluación de la política pública, tarea que el propio proyecto de ley le asigna al Consejo de Política Migratoria, que tiene rango ministerial, en circunstancias de que lo requerido, en la nueva realidad de la política migratoria nacional, es un enfoque más técnico y de órgano de ejecución de dicha política, aspecto que se aviene con la figura de un servicio público como el mencionado”.
Asimismo, los autores enfatizan en la importancia que tendrían estas unidades en regiones, contribuyendo decisivamente al mejoramiento de la gestión migratoria en los niveles regionales y provinciales, y aminorando –por otra parte- las actuales labores migratorias desempeñadas por las Gobernaciones e Intendencias.
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