El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 15 y 16 del D.L. N° 2695, sobre la regulación de la pequeña propiedad raíz.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de apelación que conoce la Corte de Apelaciones de Temuco.
El requirente arguye que tales disposiciones infringirían el artículo 19 N° 24, de la Carta Fundamental, relativo al derecho de dominio o propiedad.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente, individualizadas en el respectivo certificado de autos. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2647-14.
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