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Por extemporáneo.

CPLT declara inadmisible amparo deducido contra Corporación Municipal.

El CPLT precisó que, en atención a lo “dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y los artículos 42 y 44 del Reglamento”, la acción interpuesta tiene el carácter de extemporánea.

19 de febrero de 2014

Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un particular- en contra de la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social (CORMUVAL) fundado en que el órgano no entregó la información solicitada, a saber: copia de “informe confidencial” y puntaje de los concursantes; todo en relación al Concurso Público para proveer el cargo de Director de un establecimiento educacional.

El CPLT precisó que, en atención a lo “dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y los artículos 42 y 44 del Reglamento”, la acción interpuesta tiene el carácter de extemporánea.

Así, el Consejo resolvió declarar inadmisible el amparo deducido.

 

 

Vea texto íntegro de la decisión Rol C2216-13

 

 

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