La moción de los diputados Arenas, Chaín, Edwards, Godoy, Monckeberg, Vallespín, Van Risselberghe, Velásquez, Venegas y Zalaquett expone que el desarrollo económico de nuestro país ha llevado a un fuerte crecimiento inmobiliario en las zonas denominadas urbes, especialmente del tipo “departamentos”. Observa luego que este desarrollo sumado a la popularización de la tecnología, ha permitido que nuestros habitantes puedan acceder fácilmente a servicios proporcionados por empresas o compañías de telefonía o cable. Sin embargo, lamentablemente es de habitual práctica que algunas inmobiliarias o la administración de edificios celebren acuerdos con determinadas empresas que ofrecen este tipo de servicios, traduciéndose en la imposibilidad de optar por compañías diversas. Agregan los autores de la moción que esta imposibilidad se manifiesta en “la barrera del acuerdo”, o incluso materialmente, “cuando la construcción de los ductos es por parte de la propia compañía proveedora del servicio”, atentando en contra la “libre competencia” y la libertad de elección consagrada en las normas que regulan los derechos del consumidor.Con el objeto de subsanar tal vacío e impedir que esto continúe siendo una práctica habitual, la iniciativa propone modificar el inciso 2° del artículo 3° del Decreto Ley N° 211 de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia, estableciendo: “Se considerará como abuso de posición dominante todo acto jurídico encaminados a limitar la libertad de elección consagrada la ley 19.496 como la celebración de contratos y acuerdos de exclusividad en la provisión de servicios domiciliarios tales como telefonía fija, televisión por cable y/o internet, entre otros”.
Vea texto íntegro de la moción.
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