El TC declaró admisible una contienda de competencia entre un Juzgado de Policía Local de Vallenar y la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama. La gestión pendiente incide en causas sobre daños en colisión y por infracción de la Ley de Tránsito, en que el Juzgado de Policía Local de Vallenar remitió los antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, quien se declaró incompetente para conocer del asunto. La Segunda Sala del TC declaró admisible la contienda de competencia, por cuanto considera que ha sido planteada por un órgano legitimado y que del escrito que la contiene y los antecedentes que se acompañan se constata que se ha señalado con precisión la contienda y los fundamentos de hecho y de derecho de la misma, concurriendo de tal manera los presupuestos del artículo 93 N° 12 de la Constitución y del artículo 112 de la LOCTC. Junto con declarar la admisibilidad de la contienda de competencia planteada, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado al Juzgado de Policía Local por el plazo de diez días para hacer llegar a la Magistratura Constitucional las observaciones y antecedentes que estime pertinentes, luego de lo cual le corresponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
Vea texto íntegro del expediente y requerimiento N° 2474.
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