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Primera sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidades que impugnan normas referidas a funcionarios de la Administración Civil del Estado.

la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la Ilustre Municipalidad de Concepción.

19 de diciembre de 2012

El TC admitió a trámite requerimientos de inaplicabilidad que impugnan el artículo 15 de la Ley N° 18.020 y el inciso primero del artículo 151 de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo.
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad seguido ante la Corte de Apelaciones de Concepción.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad de los requerimientos, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la Ilustre Municipalidad de Concepción. En el caso que se declaren admisibles, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.

Vea texto íntegro del expediente y del requerimiento Rol N°2359.
Vea texto íntegro del expediente y del requerimiento Rol N° 2360.

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